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  medidas paternofiliales coruña

            Las medidas paternofiliales son las regulaciones que en caso de disolución y separación de la pareja y en cuanto a los hijos comunes adopta un juez mediante sentencia firme. En realidad son iguales a las que por ley se establecen para los hijos durante un divorcio, pero se denominan así en el artículo 769.3 de la Ley de Enjuiciamiento Civil para diferenciar un procedimiento de otro.

            Las medidas paternofiliales de mutuo acuerdo están reguladas en el artículo 777 y  las contenciosas (sin alcanzar acuerdos) en el 770 de dicha ley de enjuiciamiento civil.

¿Son diferentes de una separación?

            Si hablamos en este contexto de “separación de hecho” sí que sería lo mismo que las presentes medidas paternofiliales de las que estamos tratando. Sin embargo, si hablamos de “separación de derecho” normalmente nos referimos a una pareja casada que decide romper la relación (y la convivencia) con carácter provisional hasta que interpongan la demanda de divorcio. Es decir: se “separa” toda pareja que decide poner fin a la relación, pero solo se “separa de derecho” la que lo hace tras haberse casado y mediante demanda judicial, suspendiendo el matrimonio hasta el divorcio o la reconciliación.

                       

¿En qué se diferencian las medidas paternofiliales del divorcio?

         En primer lugar, para que haya un divorcio con carácter previo debe haber un matrimonio civil y un régimen económico del mismo (o sociedad de gananciales o separación de bienes). Y como quiera que desde que estamos en democracia todos los hijos son iguales ante la ley y ya no es obligatorio el matrimonio en cualquiera de sus formas, las leyes reguladoras de las rupturas familiares deben diferenciar la disolución del matrimonio civil (el divorcio) de los efectos de la ruptura de una pareja con hijos comunes con respecto a estos (las medidas del presente artículo).

            Es decir: mientras que en un divorcio hay que disolver la sociedad de gananciales (si no hay separación de bienes) y determinar si algún cónyuge tiene derecho a pensión por desequilibrio económico, en las medidas paternofiliales el juez o magistrado solamente se pronunciará sobre:

            *Atribución del uso y disfrute de la vivienda de la ex pareja (en el divorcio, atribución y disfrute de la vivienda conyugal)

            *Determinación de las pensiones de alimentos para los hijos (igual que en el  divorcio)

            *De la guarda y custodia, patria potestad y régimen de visitas y comunicaciones (lo mismo para el divorcio)

Preguntas frecuentes:

¿Afecta o no estar casado, ser pareja de hecho o convivir juntos a las medidas paternofiliales?

         Nunca. El estado civil de los progenitores es indiferente a efectos legales. Así pues, y con respecto a los hijos cualquiera de las tres situaciones es lo mismo para el Juez, el cual deberá decidir las cuestiones arriba referenciadas en función de las costumbres de la pareja anteriores a la ruptura en cuanto al cuidado y manutención de los hijos menores de edad no emancipados.

¿Se puede perder la guardia y custodia de los hijos por el hecho de no convivir juntos?

            Sí. La convivencia con los hijos es determinante para atribuir su guarda y custodia. Insistimos en que da igual el estado civil, lo que cuenta es quien convive con los niños, quien los lleva al colegio, les da de comer y les ayuda con los deberes y quehaceres diarios.

¿Se puede perder la guardia y custodia por haber sido infiel y tener nueva pareja?

            A diferencia de países como Estados Unidos, en España el divorcio no es culpabilístico, es decir: el juez dicta la sentencia de divorcio en función de los desequilibrios económicos de la ex pareja y necesidades de cuidado y alimentos de los hijos, con independencia de quien haya sido el causante de la ruptura (salvo en los casos de maltrato, donde afecta a las visitas, pensiones y guarda y custodia)

            Y respecto a tener una nueva pareja, aunque en principio es un tema que al juez no le atañe, sí que puede ser un obstáculo para obtener la guardia y custodia si los hijos rechazan a esta y son escuchados durante una prueba psicosocial (ver más abajo), durante la cual se le va a preguntar a cualquiera de los hijos con que progenitor prefiere quedarse y por qué.

¿Cuánto cuestan unas medidas paternofiliales en Coruña? ¿Más o menos que un divorcio?

         Cuestan un 25% menos que un divorcio equivalente. Es decir: desde 1.600 euros en las medidas contenciosas y 1125 euros en las medidas de mutuo acuerdo, aumentando el precio en función de los hijos y la cuantía de las pensiones de alimentos reclamadas.

¿Se pueden hacer medidas paternofiliales ante notario?      

            Nunca. Las medidas paternofiliales se adoptan para los hijos menores de edad y mayores de edad no emancipados, y como quiera que en cualquier ruptura de pareja los hijos se ven indefensos y por sus intereses velan los jueces y fiscales de familia, la ley excluye estas medidas del ámbito notarial. Así pues, solamente se permiten ante notario los divorcios de mutuo acuerdo de padres con hijos ya emancipados

¿Qué documentación se exige en este tipo de procedimientos?

         Si el procedimiento es de mutuo acuerdo, bastará con un certificado de nacimiento con menos de tres meses de antigüedad. Dicho documento se tiene que solicitar en el registro civil, preferiblemente en el propio del nacimiento, para agilizar su obtención.

            Si se trata de un procedimiento contencioso, serán necesarios a título indicativo los siguientes documentos: informes del centro escolar sobre rendimiento académico, puntualidad, convivencia, etc.; informes médicos para acreditar tanto la vacunación como el estado de salud (y así poder acreditar la necesidad tratamientos no cubiertos por la seguridad social, prótesis, gafas u ortodoncias). También será indispensable -si cualquiera de las partes o el ministerio fiscal lo piden- el informe psicosocial.

            Dicho informe psicosocial consiste en una serie de test de más de ciento cincuenta preguntas contrastadas con una entrevista de duración mínima de una hora tanto a padres como a hijos. Tanto en una fase como en la otra, dos psicólogas del propio juzgado determinaran la verdad o falsedad de todo lo que se pregunte a progenitores y menores por separado, por ejemplo, realizando la misma pregunta varias veces de diferentes maneras o comparándolas con el test. Por lo tanto, será muy importante y determinante contestar de manera sincera y directa a lo que nos pregunten.

            Si tiene alguna duda o pregunta relacionada con medidas paternofiliales, divorcio o informe psicosocial, no dude en preguntarnos escribiéndonos a pablo@carvajaldelatorreabogados.com o bien al WhatsApp 698190786 o directamente al móvil 630 520 838.

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