Inicialmente el plazo terminaba el próximo martes 24 de enero...
Aunque el Tribunal Supremo estableció el 23 de enero de 2019 qué gastos eran abusivos y reclamables y cuales no, el Estado de Alarma a raiz del COVID 19 interrumpió los plazos procesales durante 82 días.
Esto quiere decir que hasta el 14 de abril de 2024 se pueden reclamar los siguientes gastos:
Se pueden reclamar la totalidad de los gastos de registro, tasación y gestoría de la hipoteca, así como la mitad de la factura del notario.
¿Se puede reclamar algún gasto más?
A mayores se puede reclamar la comisión de apertura de la hipoteca, siempre y cuando dicha comisión no esté asociada a ningún servicio efectivamente realizado. También bajo ciertas circunstancias se podrán reclamar los seguros de vida asociados a la hipoteca.
¿se puede reclamar también la cláusula suelo o el IRPH?
Se pueden reclamar en la misma demanda tanto los gastos hipotecarios como las cláusulas suelo, IRPH y seguros de vida vinculados a la firma de una hipoteca SIEMPRE Y CUANDO SEAN ANTERIORES AL 16 DE JUNIO DE 2019, fecha en la que entró en vigor la nueva Ley de Crédito Inmobiliario.
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Y si usted quiere le reclamamos conjuntamente en una única demanda y con un único presupuesto la totalidad de gastos y cláusulas que el banco le cobró de más. ¡Solo en gastos, apertura y tasación puede recuperar de media de 1.500 a 3.500!