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No puede haber despido si la mujer esta embarazada

Me acuerdo cuando supe del caso de Lidia, el verano pasado. Tenía un contrato eventual de circunstancias de la producción con ADESLAS, y al llegar al término, y tras pasar el control médico de la empresa donde constaba su embarazo, le dijeron que no le iban a renovar. Así de sencillo, al tercer mes de gestación. A los dos días había otra persona en su lugar, con lo cual no había desparecido la circunstancia que dió lugar a su contratación y debía de haberse realizado un despido en condiciones (al convertirse su contrato en indefinido). Fuímos nosotros los que nos pusimos en contacto con ella para asesorarla gratuitamente a la espera de lo que resultase del juicio. Cuando conocimos a los encantadores futuros papás, no dejó de sorprendernos el carácter y determinación de Lidia, la cual no dudó en pedir la readmisión en la empresa, a sabiendas de la dificil situación en que se vería tras el despido y readmisión. Lo alucinante de su caso, es que en el sindicato donde había consultado su problema, le dijeron que al haber FIRMADO EL FINIQUITO CORRESPONDIENTE no tenía nada que hacer. Pero nosotros optamos por ir por la vía de la nulidad y vulneración de derechos fundamentales, en vez de impugnar directamente el despido, renunciando asimismo a la reclamación de los salarios (incluídos en el finiquito). Creo que fuimos tan contundentes en el S.M.A.C. y en la demanda, tanto Lidia como yo, que finalmente ADESLAS tuvo que llegar a un acuerdo con nosotros por el cual se le indemnizaba cuantiosamente a cambio de firmar un despido improcedente. La conclusión, lejos de los tecnicismos que acabo de relatar, es obvia: hay que informarse bien, y mejor a través de un abogado laboralista que a través incluso de los sindicatos, que en otro tiempo eran infalibles, pero hoy están mermados de medios tras los recortes del gobierno en subvenciones. Sobre todo en casos como este, hay que pensar que si internamente creemos que es una injusticia, seguro que hay un apoyo legal y un abogado dispuesto a defender a su cliente. Gracias a Lidia y su pareja por haber confíado en Carvajal de la Torre abogados

Pd. todo lo aquí relatado goza del permiso de la clienta para su publicación y consta en una sentencia publicada. 

Pablo Carvajal de la Torre